miércoles, 25 de noviembre de 2015

principios del derecho laboral.

¿QUE SON LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL COLOMBIANO?
Como primera medida para construir el fundamento conceptual que respalda la escogencia de los principios del Derecho del Trabajo es necesario determinar que entendemos por principios aquellas “normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible, en relación con las posibilidades jurídicas y tácticas. Los principios son, por consiguiente, mandatos de optimización que se caracterizan porque pueden ser cumplidos en diversos grados y porque la medida ordenada de su cumplimiento no sólo depende de las posibilidades tácticas, sino también de las posibilidades jurídicas. El campo de las posibilidades jurídicas está determinado a través de principios y reglas que juegan en sentido contrario.

Principios del derecho laboral colombiano

1.       Principio de libertad de trabajo.
Consiste en el 23 derecho que tiene el hombre de aplicar su actividad a la producción de la riqueza.
2.       principio de obligatoriedad del trabajo.
Hace referencia a la obligación social que tiene toda persona en edad  y condiciones de trabajar aportando su fuerza laboral, con el fin de contribuir al desarrollo socio económico de la comida a la cual pertenece.
3.       Principio de protección del trabajo.

Llamado también principio tuitivo, proteccionistas o  de favor, se fundamenta en la falta de libertad inicial y consecuente del trabajador. Dejar sujeto al trabajador a la autonomía privada y al mercado, implica dosificarlo y convertirlo en verdadero objeto de derecho, disponible al mejor postor.

4.       Principio de igualdad de derechos.

El principio de igualdad tal y como ha sido entendido por el derecho constitucional, hace que todos los hombres deban ser tratados igualmente por el estado en cuanto a lo que es esencialmente igual en todos, ellos, esto ,es los llamados derechos fundamentales que están contemplados en nuestra constitución que son el corolario de la dignidad humana.

5.       principio de primacía de la realidad.
Es aquel por el cual en  caso de divergencia entre lo que ocurre en la realidad y lo que se ha plasmado en los documentos, debe darse prevalencia a lo que surge en la práctica, con este principio se establece la existencia o no de una relación laboral y con ello se procede a la protección que corresponde como tal.
6.       Principio de estabilidad.
Es un principio que otorga carácter permanente a la relación de trabajo y hace depende su disolución únicamente de la voluntad del trabajador y solo excepcionalmente  de la del patrono, del incumplimiento grave de las obligaciones del trabajador y de circunstancias ajenas a la voluntad de los sujetos de la relación que hagan imposible su continuación.
7.       Principio de  favorabilidad

Consiste en que los ciudadanos, y en el caso que nos ocupa, los contribuyentes del impuesto sobre la renta, podrán aplicar preferentemente la normas más favorables para  sus intereses, aunque esta norma sea posterior a la restrictiva o desfavorable.

8.       Principio de irrenunciabilidad de beneficios mínimos, y mínimo de derechos y garantías.
Los trabajadores no pueden renunciar al renunciar al beneficio mínimo derechos ciertos e indiscutibles, producto de su fuerza laboral, el cual se constituye sobre normas de orden público (orden otorgado por la ley),de acuerdo con lo anterior si existe cualquier pacto que señale lo contrario será NULO, careciendo así, de toda validez.

9.       la capacitación, el adiestramiento y el descanso necesario.
Es una actividad sistemática planificada y permanente cuyo propósito general es preparar, desarrollar e integrar a los recursos humanos al proceso productivo, mediante la entrega de conocimientos, desarrollo de habilidades y actitudes necesarias para le mejor desempeño de todos los trabajadores en sus actuales y futuros cargos y adaptarlos a las exigencias cambiantes del entorno.

10.   protección especial a la mujer, a la maternidad y a la lactancia
La protección a la mujer durante el embarazo y la lactancia múltiples fundamentos en nuestro ordenamiento constitucional. En primer lugar, el articulo 43 contener un deber especifico estatal en este sentido cuando señala que la mujer durante el embarazo y después del parto gozara de especial asistencia y protección del estado recibirá subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. Este enunciado  constitucional  implica a su vez dos obligaciones: la especial protección estatal de la mujer embarazada y lactante sin distinción, y un deber prestacional también a cargo del estado: otorgar un subsidio cuando este desempleada.




extraído de la fuente
http://www.corteidh.or.cr/tablas/r28411.pdf

21 comentarios:

  1. hola buenas tardes

    manuela es interesante lo que dices que antes de hablar de cada uno de los principios tenemos que destacar que son para poder saber de su importancia

    ResponderBorrar
  2. buenos dias manuela tu aporte y tus opiniones estan muy importantes gracias

    ResponderBorrar
  3. Buenos días tu blogger es muy interesante ya que tu información es clara y nos ayuda a nuestro aprendizaje gracias.

    ResponderBorrar
  4. Hola Manuela
    Tus Aportes Están Muy Concretos. Gracias Por Compartirlos.

    ResponderBorrar
  5. hola manuela
    tus definiciones estan claras gracias por tu aporte.

    ResponderBorrar
  6. Buenas Tardes!

    Para mi es importante opinar acerca de tu blog, ya que a través de él nos das a conocer lo valiosos que son los principios laborales para cada trabajador, porque a través de ellos podemos dar solución a diferentes conflictos que se nos presenten en el entorno laboral

    ResponderBorrar
  7. Buenas Tardes!

    En esta tarde quiero aportar mi idea acerca de tu blog. Es importante saber que como trabajadores tenemos derechos laborales a los cuales podemos recurrir en momentos de conflictos y hacerlos valer en dichos momentos. También está claro que cada principio ayuda a resolver de manera individual o colectiva cada proceso.

    ResponderBorrar
  8. Tu blog es muy interesante ya que nos da las definiciones claras y bien estructuradas de los principios y me parece muy bien ya que vamos aprender cada vez mas, y nos ayudara para tener una guia, para defender nuestros derechos laborales.

    ResponderBorrar
  9. creo q estos conocimientos deberían tenerlos en cuenta todas las personas ya que a diario vivimos situaciones y quizás por desconocimiento o falta de asesorias apropiadas de esto no hacemos lo correcto.

    ResponderBorrar
  10. Hola Manuela.

    Me parece interesante tu aporte, ya que de allí podemos concluir la importancia de los principios del derecho laboral.

    Gracias.

    ResponderBorrar
  11. Hola Manuela

    Gracias por tus aportes son muy interesante.

    Maryoris Villorina

    ResponderBorrar
  12. Hola Manu,
    muy bien echo tu trabajo gracias por el aporte.

    ResponderBorrar
  13. Buenas Tardes Manuela

    Muy interesante tu blog, ya que nos ayuda a reforzar todos los conocimientos adquiridos.

    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

    ResponderBorrar
  14. Buenos días,
    Manu chevere tu blog e información muy clara gracias por tu aporte.

    ResponderBorrar
  15. Hola Manuela, Tus aportes sobre los principios laboral nos ayuda a crecer y aprender como persona y poder tener muy presente a la hora de laboral.

    ResponderBorrar
  16. Hola Manuela me parece que tu aporte esta muy completo y claro tu blog esta muy bueno, gracias.

    ResponderBorrar
  17. Hola buenas tardes
    me parece que hemos aprendido bastante sobre estos temas , son muy completos y nos ayudan a adquirir cada dia mayor conocimiento para luego ser aplicado de manera clara y correcta.

    ResponderBorrar
  18. Buenos Días Manuela excelente tu aporte y muy buena información recopilada y muy bien elaborado tu blog.

    ResponderBorrar
  19. bien el contenido acorde y muy contextualizado.

    ResponderBorrar
  20. Buenos dias,
    Manu muy clara tu informacion gracias por el aporte.

    ResponderBorrar